Normatividad | With : Mark R. Bartch |
Funciones Oficial de Cumplimiento | With : Mark R. Bartch |
Validación de Proveedores | With : Mark R. Bartch |
Validación de Clientes | With : Mark R. Bartch |
Validación de Empleados | With : Mark R. Bartch |
Sistemas de Verificación LAFT360 | With : Mark R. Bartch |
Listas Restrictivas | With : Mark R. Bartch |
Listas Sancionatorias | With : Mark R. Bartch |
Curso Debida Diligencia para SIPLAFT
La Debida Diligencia o diligencia debida (en inglés: due diligence) se establece para la mitigación del riesgo, o para conceptos que impliquen la validación de una empresa o persona previa a la firma de un contrato. Puede tratarse de una obligación legal, pero el término comúnmente es más aplicable a buenas prácticas de negocios o verificación voluntaria. Un ejemplo común de Debida Diligencia en muchas industrias es el proceso por el cual una empresa valida un proveedor potencial antes de entrar en una contratación de servicios.
a. ¿Quién es el OFICIAL DE CUMPLIMIENTO?
La junta directiva o quien haga sus veces serán los facultados para nombrar un empleado que será responsable de implementar el SIPLAFT y de velar por su adecuado y oportuno cumplimiento. El nombramiento deberá quedar documentado mediante acta y la persona nombrada como Oficial de Cumplimiento, deberá manifestar la aceptación a dicho cargo por escrito.
Solamente el empresario o el accionista único, que a su vez es el representante legal de la empresa unipersonal o de la sociedad por acciones simplificada unipersonal, podrá autonombrarse como Oficial de cumplimiento para los anteriores efectos.
El Oficial de Cumplimiento deberá cumplir con los siguientes requisitos como mínimo:
El representante legal de la empresa o cooperativa de transporte de carga deberá comunicar a esta Superintendencia la designación o modificación del oficial de cumplimiento. El comunicado deberá contener como mínimo la fecha de nombramiento, nombre completo, cargo, correo electrónico, teléfono y los datos de la empresa, así mismo anexar copia de la carta de aceptación del cargo y sus respectivos soportes.
b. Funciones
El Oficial de Cumplimiento debe tener como mínimo las siguientes funciones, las cuales están establecidas en la Resolución:
c. Funciones
Los informes presentados deben referirse como mínimo a los siguientes aspectos:
La designación del Oficial de Cumplimiento, no exime a los administradores y demás empleados sobre la obligación de comunicar internamente a éste, de acuerdo con el procedimiento que se haya establecido, la ocurrencia de operaciones inusuales, sospechosas o intentadas.
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